El artículo 10.2 de la Constitución española, ordena con claridad providencial que «las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España». Sobre esta línea de razonamiento, el artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece el derecho a la nacionalidad y prohíbe la privación arbitraria, al tiempo que extiende su protección a todos los individuos, ciudadanos o no. Por lo tanto, el Estado español, desde Su Majestad el Rey hasta cada ministro vienen obligados, por mandato constitucional, a la protección de la ciudadanía.
El 14 de julio de 2025, el ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, declaró desde Bruselas que el catalán, el euskera y el gallego sufren una «discriminación» en el seno de la Unión Europea por no ser lenguas oficiales.…


