Toda nación necesita explicar de dónde viene. Las sociedades antiguas recurrieron a genealogías sagradas, héroes y fundaciones providenciales; las modernas no abolieron esa necesidad, sino que la secularizaron. En lugar de dioses colocaron pueblos, mártires, banderas, constituciones y fechas patrias. Estos relatos cumplen una función de cohesión, pero también seleccionan qué acontecimientos merecen recordarse, quiénes deben ocupar el lugar de los fundadores y qué tradiciones pueden reconocerse como propias.
El caso cubano ofrece un ejemplo particularmente revelador. Cada 10 de octubre se conmemora el levantamiento de Carlos Manuel de Céspedes en La Demajagua como el nacimiento de la nación. La escena es conocida: el hacendado libera a sus esclavos, proclama la independencia y convoca a sus compatriotas a conquistarla mediante las armas. En una sola mañana, el propietario se transforma en libertador, el esclavo en ciudadano, la insurrección en revolución nacional y Céspedes en Padre de la Patria.
La fuerza simbólica de esta representación resulta indiscutible. Su suficiencia como explicación histórica, no tanto.
El problema no consiste en negar la importancia del 10 de octubre de 1868, sino en cuestionar la operación historiográfica que convirtió el comienzo de una insurrección separatista en el origen absoluto de Cuba. Una fecha puede ser decisiva sin ser fundadora de todo cuanto vino después; una revolución puede producir una nueva legitimidad sin absorber las legitimidades anteriores; y una guerra puede transformar una comunidad política sin demostrar que quienes la emprendieron representaban la voluntad de todos sus habitantes.
Cuba no comenzó a existir cuando Céspedes se levantó en armas. Para entonces contaba con varios siglos de historia, una sociedad diferenciada, instituciones políticas y jurídicas, tradiciones intelectuales y formas de identificación territorial desarrolladas dentro de la Monarquía española. Que sus habitantes discreparan acerca de su futuro político no demuestra la inexistencia de aquella comunidad. Demuestra, precisamente, su pluralidad.
Conviene recordar, además, que el levantamiento coincidió con una circunstancia peninsular extraordinaria. Apenas unas semanas antes, la Revolución de Septiembre había derrocado a Isabel II y abierto un nuevo proceso constituyente. No sería serio presentar aquella coyuntura como garantía de una solución liberal para Cuba: las promesas metropolitanas de reforma tenían una larga historia de incumplimientos. Pero tampoco puede omitirse que la ruptura armada comenzó cuando el propio sistema político español entraba en transformación.
La insurrección fue, por tanto, una respuesta determinada a una crisis política real, no la única respuesta concebible ni la culminación inevitable de toda la historia precedente.
Una declaración de independencia sin mandato nacional
El documento del 10 de octubre llevaba por título Manifiesto de la Junta Revolucionaria de la Isla de Cuba, dirigido a sus compatriotas y a todas las naciones. Su contenido expresaba inequívocamente el propósito de separar Cuba de España, aunque el texto no puede examinarse como si su proclamación hubiese producido instantáneamente todos los efectos jurídicos de la independencia.
La cuestión verdaderamente interesante es otra: ¿quién declaró la independencia de Cuba y en nombre de quién?
La Junta Revolucionaria no procedía de una elección general ni representaba institucionalmente a la totalidad de la población insular. Sus miembros actuaron conforme a una legitimidad revolucionaria que aspiraban a consolidar mediante la guerra. Podían proclamar la independencia, combatir por ella y procurar las adhesiones necesarias para realizarla. Lo que no puede deducirse de su proclamación es que todos los habitantes de Cuba hubieran manifestado esa misma voluntad.
No se trata de exigir a una revolución la autorización constitucional del poder contra el cual se rebela. Sería un contrasentido. Se trata de distinguir entre la legitimidad que un movimiento reclama para sí y la representación efectiva de la comunidad en cuyo nombre pretende actuar.
El propio manifiesto reconocía el carácter provisional de la organización revolucionaria y remitía la constitución definitiva de la nación a un momento posterior, cuando pudiera deliberar con mayor representación. La circunstancia no invalida la proclamación, pero obliga a situarla en sus verdaderos términos: el 10 de octubre nació una empresa política independentista que aspiraba a constituir un nuevo Estado, no un Estado cuya soberanía efectiva se extendiera ya sobre toda Cuba.
La historiografía nacionalista terminó confundiendo esas realidades. El comienzo de una insurrección, la declaración de independencia, la constitución de un gobierno revolucionario y la formación de una nación aparecen frecuentemente reunidos en un solo acontecimiento, como si fueran manifestaciones equivalentes de una voluntad colectiva previamente establecida.
Sin embargo, en 1868 coexistían entre los habitantes de Cuba distintas concepciones acerca de su porvenir. Había separatistas, anexionistas, reformistas y defensores de la continuidad española. El autonomismo organizado adquiriría su configuración política posteriormente, pero sus antecedentes reformistas eran anteriores al levantamiento. Ninguna de esas corrientes puede ser borrada retrospectivamente por el hecho de que una de ellas terminara imponiéndose.
La nación cubana, si hemos de estudiarla como fenómeno histórico y no como sujeto providencial, no puede identificarse exclusivamente con quienes hicieron la guerra por su independencia.
La emancipación que no ocurrió en una mañana
La segunda gran simplificación del relato fundacional consiste en hacer coincidir la independencia con la abolición de la esclavitud.
La liberación de los esclavos de Céspedes en La Demajagua constituyó un acto de indudable trascendencia política. Incorporó la cuestión de la libertad personal al programa revolucionario y contribuyó a transformar una guerra emprendida inicialmente por determinados sectores de la sociedad oriental en un conflicto de consecuencias sociales mucho más amplias.
Pero el gesto del hacendado no puede confundirse con la abolición general de la esclavitud.
El manifiesto del 10 de octubre defendía expresamente la emancipación gradual e indemnizada. La revolución reconocía, por consiguiente, el principio emancipador mientras preservaba los intereses patrimoniales de los propietarios cuyo concurso necesitaba.
La contradicción se hizo todavía más visible en el decreto de Céspedes de 27 de diciembre de 1868, que reguló una emancipación condicionada, admitió compensaciones a los propietarios y mantuvo restricciones incompatibles con la imagen de una libertad universal e inmediata.
Ada Ferrer (1995), en su estudio sobre esclavitud, ciudadanía y nacionalidad durante la Guerra de los Diez Años, ha mostrado las tensiones entre las aspiraciones emancipadoras del movimiento, los intereses de los propietarios y la intervención de los propios esclavizados en la transformación del conflicto.
Esas tensiones no disminuyen la importancia de la guerra. Impiden, sencillamente, convertirla en una representación moral sin contradicciones.
Tampoco sería legítimo presentar al Estado español como único agente de la emancipación. Las instituciones españolas habían protegido durante décadas el orden esclavista, y su abolición definitiva en Cuba no llegó hasta 1886. La libertad fue resultado de un proceso prolongado, en el que intervinieron los movimientos abolicionistas, los esclavizados, las autoridades metropolitanas y la propia guerra.
La historia encuentra aquí una transformación conflictiva y gradual. El mito necesita, en cambio, un acto puro: que el esclavo se haga libre y ciudadano en el mismo instante en que nace la patria.
El constitucionalismo cubano no comenzó en Guáimaro
La elevación del 10 de octubre a origen absoluto tiene una consecuencia particularmente grave para la historia del Derecho: la reducción del constitucionalismo cubano a los textos promulgados por los gobiernos insurgentes.
La Constitución de Guáimaro, aprobada el 10 de abril de 1869, suele presentarse como el nacimiento de la tradición constitucional cubana. Desde la perspectiva de la historia constitucional del independentismo, la afirmación resulta comprensible. Desde la historia general del constitucionalismo en Cuba, es insostenible.
Mucho antes de Guáimaro, los habitantes de la isla habían participado en los procesos constitucionales de la Monarquía española. La Constitución de Cádiz de 1812, la representación ultramarina en las Cortes, los debates sobre derechos y gobierno territorial y la posterior exclusión de Cuba del régimen constitucional común en 1837 forman parte inseparable de esa experiencia.
La desigualdad política impuesta a las provincias de Ultramar no demuestra que carecieran de historia constitucional. Constituye, por el contrario, uno de sus problemas fundamentales.
Antonio-Filiu Franco Pérez (2008) ha llamado la atención sobre la necesidad de examinar la historia constitucional cubana en su conjunto, sin reducirla a las constituciones de Cuba en armas. Esta observación obliga a revisar una periodización que convierte el constitucionalismo español vigente en la isla en un antecedente extraño a la propia historia nacional.
Cádiz y Guáimaro respondieron a fundamentos de legitimidad distintos. La primera fue una constitución de la Monarquía española, producto de un proceso constituyente parlamentario en el que participaron representantes de ambos hemisferios, aunque dentro de un orden político marcado por profundas desigualdades. La segunda fue una constitución revolucionaria, nacida de la insurrección y destinada a organizar un Estado cuya soberanía todavía debía conquistarse.
Ambas pertenecen a la historia constitucional de Cuba, aunque no puedan atribuirse idéntico fundamento jurídico, ámbito territorial ni eficacia institucional.
Resulta, además, revelador que el propio manifiesto del 10 de octubre dispusiera la conservación provisional de la legislación vigente para numerosos asuntos. Los revolucionarios podían desconocer la soberanía española, pero no prescindir de un día para otro del ordenamiento jurídico desarrollado bajo ella.
La ruptura política no produjo una desaparición instantánea del Derecho anterior.
Guáimaro merece ocupar un lugar relevante en la historia constitucional cubana. Lo que no puede admitirse es que su reconocimiento exija borrar la tradición que lo precedió.
El patriotismo que quedó fuera de la historia
La construcción de una genealogía nacional exclusivamente separatista no se limitó a privilegiar determinados acontecimientos. También estableció una jerarquía retrospectiva entre los propios cubanos.
Si la independencia constituye el destino necesario de la nación, quienes la defendieron aparecen como sus representantes naturales. Quienes propusieron reformas dentro de España, una organización autonómica o la continuidad de la soberanía española quedan relegados a posiciones secundarias, cuando no identificados con intereses contrarios a Cuba.
La historia se convierte así en un juicio político celebrado después de conocerse el resultado.
José Antonio Saco constituye un ejemplo de la insuficiencia de ese esquema. Su pensamiento expresó una preocupación profunda por los intereses y la identidad de Cuba sin considerar que la independencia fuera necesariamente la respuesta más conveniente a sus problemas. Su oposición a la anexión estadounidense, su crítica de las instituciones coloniales y sus propuestas reformistas muestran que era posible concebir la defensa de Cuba desde una perspectiva distinta del separatismo.
No debe confundirse, por supuesto, el reformismo de Saco con el autonomismo organizado de décadas posteriores. Pero ambos permiten reconocer una tradición política que no puede ser excluida de la historia nacional por haber rechazado la insurrección como instrumento de transformación.
La pregunta resulta inevitable: ¿por qué habría de ser menos cubano quien defendía la autonomía que quien proclamaba la independencia? ¿En virtud de qué principio histórico puede atribuirse a una corriente política el monopolio del patriotismo?
No es una cuestión menor. En la Cuba del siglo XIX, la distinción entre cubanos y españoles no correspondía necesariamente a dos comunidades nacionales excluyentes. Muchos naturales de Cuba conservaron su lealtad a España, mientras algunos peninsulares participaron en el movimiento separatista. La adscripción política no puede deducirse mecánicamente del lugar de nacimiento.
Aquella fue una guerra por la soberanía sobre Cuba, pero también una confrontación entre proyectos defendidos por personas que compartían vínculos históricos, jurídicos, territoriales y familiares.
El problema de la historiografía tradicional no consiste en haber reconocido al separatismo como una fuerza decisiva, sino en haberlo convertido en medida retrospectiva de la legitimidad de todas las demás.
De Céspedes a Fidel Castro: una revolución interminable
La interpretación del 10 de octubre como principio de una trayectoria nacional continua es anterior a 1959.
José Martí desempeñó un papel decisivo en la construcción de esa memoria. Sus discursos conmemorativos del aniversario permitieron vincular a las generaciones revolucionarias, reivindicar el sacrificio de los combatientes de 1868 y legitimar la preparación de una nueva guerra.
No puede reprocharse a Martí que utilizara la memoria histórica con fines políticos. Era un dirigente revolucionario que procuraba reunir voluntades en torno a un proyecto de independencia. El problema comienza cuando la representación política de sus contemporáneos se convierte, sin examen crítico, en interpretación obligatoria del pasado.
Historiadores como Ramiro Guerra y Emilio Roig contribuyeron posteriormente, desde perspectivas y métodos diferentes, a consolidar el lugar central de las guerras separatistas en la explicación de la historia cubana. Sus obras contienen investigaciones indispensables, pero sus interpretaciones deben ser examinadas a la luz de una pregunta fundamental: ¿hasta qué punto la continuidad de la aspiración independentista terminó organizando retrospectivamente acontecimientos protagonizados por generaciones, intereses y programas diferentes?
La revolución de 1959 llevó esa genealogía a sus últimas consecuencias.
La afirmación de Fidel Castro de que en Cuba solo había existido una revolución, comenzada por Céspedes el 10 de octubre de 1868, convirtió un siglo de conflictos en etapas sucesivas de un mismo proceso político.
Bajo esa interpretación, Céspedes inaugura la patria, Martí completa su doctrina y la revolución castrista aparece como heredera y realización de todos los proyectos anteriores. Las diferencias históricas quedan subordinadas a una continuidad que sirve, en última instancia, para legitimar al poder establecido.
El resultado es una concepción del patriotismo en la que la adhesión al proyecto revolucionario contemporáneo pretende encontrar fundamento en la autoridad moral de los fundadores.
La continuidad histórica, sin embargo, debe demostrarse, no proclamarse. Que dos movimientos compartan símbolos, héroes o vocabulario no significa que representen el mismo proyecto político, y mucho menos que el segundo pueda atribuirse la representación exclusiva del primero.
La historia no confiere títulos hereditarios de legitimidad política.
De la independencia a la desnacionalización
La cuestión adquiere una dimensión jurídica particularmente importante cuando se examina el desenlace de 1898.
El artículo IX del Tratado de París estableció una distinción entre los españoles naturales de la Península residentes en los territorios afectados y los naturales de esos territorios. A los primeros les reconoció la posibilidad de conservar su nacionalidad española mediante una declaración formal; a los segundos no les concedió idéntica facultad.
El problema no puede comprenderse adecuadamente si se parte de la premisa de que Cuba siempre había constituido una comunidad jurídicamente ajena a España y de que la independencia fue simplemente la recuperación de una soberanía preexistente.
Durante el siglo XIX, los naturales de Cuba estuvieron vinculados al Estado español mediante relaciones jurídicas de nacionalidad y ciudadanía, sujetas a las transformaciones constitucionales y legislativas de cada período. La existencia de una identidad territorial diferenciada no extinguía por sí sola esos vínculos.
Una cosa era la soberanía sobre Cuba. Otra, la nacionalidad de sus habitantes.
El hecho de que Céspedes y sus seguidores proclamaran la independencia en 1868 no demuestra que todos los naturales de Cuba hubieran renunciado a su nacionalidad española. Tampoco permite atribuir esa renuncia a quienes combatieron contra la insurrección, defendieron soluciones reformistas o permanecieron ajenos a la guerra.
Es cierto que las transformaciones territoriales podían producir, conforme al Derecho internacional de la época, modificaciones colectivas del estatuto de nacionalidad sin requerir necesariamente el consentimiento individual de todos los afectados. La cuestión, por tanto, no puede resolverse mediante una simple invocación de la ausencia de representación popular.
Exige determinar qué permitía el Derecho español, qué dispuso efectivamente el tratado y cómo fue ejecutado por las autoridades competentes.
Pero esa investigación jurídica debe quedar libre de una presunción historiográfica que ha condicionado la comprensión del problema: la identificación de la victoria separatista con la voluntad de toda la población cubana.
La derrota militar de España no demuestra, por sí sola, que cada español natural de Cuba hubiera querido dejar de serlo.
La nacionalidad constituye una relación jurídica entre la persona y el Estado. No puede explicarse exclusivamente mediante las narraciones heroicas elaboradas alrededor del nacimiento de una nación.
La historia que comienza antes del 10 de octubre
El 10 de octubre de 1868 señaló el comienzo de una guerra que transformaría profundamente la sociedad cubana y contribuiría de manera decisiva a la formación de su nacionalismo independentista. Su trascendencia no requiere exageraciones.
El manifiesto de Céspedes fue una proclamación revolucionaria, no la expresión acreditada de una voluntad política unánime. La liberación de sus esclavos fue un acto importante, pero no la abolición general de la esclavitud. La Constitución de Guáimaro fue un hito del constitucionalismo insurgente, no el nacimiento de toda la tradición constitucional cubana.
La historiografía nacionalista convirtió esos acontecimientos en una escena de origen y subordinó a ella buena parte del pasado. Posteriormente, la interpretación revolucionaria de 1959 incorporó aquella genealogía a su propia legitimación política.
El resultado ha sido una historia que tiende a confundir la formación de un proyecto separatista con la formación de la comunidad histórica sobre la cual pretendía ejercer soberanía.
No se trata de negar la nación cubana, ni de desconocer la importancia de quienes combatieron por su independencia. Se trata de reconocer que la nación no puede reducirse a una de las corrientes políticas que disputaron su futuro.
Antes del 10 de octubre existían Cuba y sus habitantes, con sus instituciones, sus conflictos, sus vínculos jurídicos y sus distintas concepciones de pertenencia. Después de aquella fecha, la sociedad cubana no dejó de ser plural, aunque una parte de ella emprendiera la guerra para separarse de España.
La historia nacional no pertenece exclusivamente a quienes vencieron. También comprende a quienes defendieron otros proyectos, a quienes fueron derrotados y a quienes nunca participaron en aquella empresa.
Devolver el 10 de octubre a la historia no significa privarlo de su importancia, sino liberarlo de la obligación de explicar por sí solo todo nuestro pasado.
Cuba no nació el 10 de octubre de 1868. Aquel día comenzó una guerra por decidir su destino. Y la historia de Cuba, afortunadamente, es mucho más antigua y compleja que la historia de sus guerras.
Referencias
Anderson, B. (2006). Imagined communities: Reflections on the origin and spread of nationalism (ed. rev.). Verso.
Ferrer, A. (1995). Esclavitud, ciudadanía y los límites de la nacionalidad cubana: La Guerra de los Diez Años, 1868–1878. Historia Social, 22, 101–125.
Franco Pérez, A.-F. (2008). Oportunidad de una visión de conjunto de la historia constitucional cubana (1811–2002). Historia Constitucional, 9, 407–419. https://doi.org/10.17811/hc.v0i9.160
Guerra y Sánchez, R. (1952). Guerra de los Diez Años, 1868–1878 (2 vols.).
Hobsbawm, E. J., & Ranger, T. (Eds.). (1983). The invention of tradition. Cambridge University Press.
Morales y Morales, V. (1901). Iniciadores y primeros mártires de la revolución cubana.
Pichardo, H. (Ed.). (1977–1980). Documentos para la historia de Cuba. Editorial de Ciencias Sociales.
Si consideras meritorio el trabajo que realiza ACC, asociación que por añadidura ostenta el blasón de ser decana de la hispanidad, y si aprecias que nuestra labor debe proyectarse con fuerza bastante hasta que todos los cubanos sepan que nuestra ciudadanía originaria, la española, fue ilegalmente conculcada, y que sus descendientes deben ser reconocidos en la condición de sus mayores, por favor, comparte este correo con amigos, familiares y conocidos, involúcrate con la asociación si eres miembro, y si no, considera una membresía. Haznos preguntas, miles de preguntas, todas las que quieras.
Es necesario recordar que la asociación se sostiene únicamente con sus donaciones, y que hay costos de operación, empleo de recursos, etc., a los que no puedo hacer frente solo. Podremos hacer en la medida en que podamos disponer de los recursos necesarios para proyectar una voz respetuosa, pero contundente, madura y razonable en sus peticiones. Apoya con lo que puedas, todo es bienvenido. Puedes realizar tu donación pulsando el enlace siguiente.
Muchas gracias a todos,
Maikel Arista-Salado


